Las entidades de Salud con internación pertenecen al sector terciario de la economía por ser prestadoras de servicios. Poseen personal calificado con baja rotación y carecen de los efectos estacionales que modifiquen su demanda. En su mayoría son Pequeñas y Medianas Empresas. 
 
La ley 27.264 – denominada Ley PyME – ha establecido numerosos incentivos en materia administrativa y fiscal, promoviendo estímulos financieros y posibilidades de acceso a créditos con tasas subsidiadas para el fomento de las inversiones.

Según la Secretaría de Emprendedores dependiente del Ministerio de Producción de la Nación, las PyMEs se clasifican – según su tamaño – en cuatro categorías:

  • Micro Empresa
  • Pequeña Empresa
  • Mediana Empresa tramo 1
  • Mediana Empresa tramo 2

A su vez estas pueden formar parte de cinco sectores productivos:

  • Agropecuario
  • Industria y Minería
  • Comercio
  • Servicios
  • Construcción

Todas aquellas empresas que deseen acogerse a los beneficios de la ley PyME deben – como paso previo – inscribirse por Internet en el Registro correspondiente a través de la página de AFIP: www.afip.gob.ar/pymes 

Cuadro comparativo para clasificar el tamaño de una empresa
  


¿Cuáles son los beneficios impositivos? 

1)
Compensación del Impuesto a los Débitos y Créditos bancarios (más conocido como el impuesto al cheque) en un 100% como pago a cuenta de Ganancias – para para micro y pequeñas empresas – y en un 50% para las medianas tramo 1.

2) Eliminación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta para los ejercicios fiscales iniciados a partir del 1 de enero de 2017 estableciéndose la exclusión de oficio

3) El pago del IVA se difiere de 30 a 90 días. Los saldos son compensados vía un bono fiscal

4) Las micro empresas reciben su certificado de IVA No Retención de manera automática.

5) Se actualizan las escalas de percepción de Ganancias y retención de IVA automáticamente

6) Cada provincia puede adherirse a los aspectos de la Ley que considere conveniente, resultando una ampliación de los beneficios fiscales nacionales para tributos locales como –por ejemplo – impuesto a los sellos e ingresos brutos. 

¿Cuáles son los beneficios para Inversiones?

1) Se crea el Régimen de Fomento de Inversiones para PyMEs previsto para  inversiones productivas, entendiéndose como tales a los bienes de capital y a las  obras de infraestructura. Su vigencia se extiende hasta el 31/12/201y otorga estabilidad fiscal, es decir que las empresas adheridas no podrán sufrir incrementos en su carga tributaria total.

2) Permite desgravar del Impuesto a las Ganancias hasta el 10% de las inversiones productivas realizadas mientras que no supere el 2% de la facturación.

3) Reconoce el crédito fiscal del IVA por las inversiones productivas.

Otros beneficios 

1) Otorga ayuda económica a las PYMEs en situación de crisis, elevando los montos de asistencia a estas empresas en un 50 %. El acceso a esta ayuda se realiza mediante un trámite simplificado.

2) Se amplía la línea de Inversión Productiva, posibilitando a las pequeñas y medianas empresas el acceso a créditos con tasas bonificadas, especialmente aquellas radicadas en regiones desfavorables.

Adjuntamos texto de la Ley 27.264 e indicamos las normas complementarias .


CAES / Mayo 2018.

www.caes.com.ar