Mediante Decreto N° 688 (BO. 7/10/19) el Gobierno Nacional incrementó al 100 % el monto de la detracción sobre contribuciones patronales de Seguridad Social prevista en el artículo 4° del Decreto N° 814 de fecha 20 de junio de 2001 para nuestro Sector.

El valor a considerar a partir del 1 de agosto de 2019 es de $ 17.509,20 (diecisiete mil quinientos nueve con veinte centavos) o el importe que artículo citado fije cada mes.

Este beneficio incluye a todos los empleadores inscriptos en el Registro Nacional de Prestadores de la Superintendencia de Servicios de Salid (SSS), en particular a los servicios de hospitales, servicios de atención ambulatoria realizados por médicos y odontólogos, servicios de prácticas de diagnóstico y tratamiento, servicios integrados de consulta, servicios de emergencia y traslados, así como a todo otro servicio relacionado con la salud humana.

La presente medida tiene efectos para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del 1 de agosto de 2019 y hasta el 31 de diciembre de 2021, ambas fechas inclusive. 

Se acompaña Anexo explicativo:

Fuente: CAES – Noviembre 2019